La Directiva Comunitaria 96/35/CE, del Consejo, incorporada al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 1566/99 de 8 de octubre (BOE 251), obliga aquellas empresas o autónomos que operen con mercancías peligrosas, ya sean operaciones de transporte, carga y/o descarga, a designar al menos un CONSEJERO DE SEGURIDAD, encargado de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes y el medio ambiente.