ARGENTINA SRT 801/2015
Adaptación del SGA/GHS a Argentina.

Explicamos la Adaptación del SGA/GHS a Argentina, cumpliendo con la Resolución 801/2015 de SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT 801/2015).

En 10 de abril de 2015, la Resolución 801/2015 de SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT 801/2015) aprobó la implementación del Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos (SGA/GHS) en el ámbito laboral, implementando la quinta edición revisada en su totalidad. Esta resolución (SRT 801/2015) establece como elementos de comunicación de los peligros las etiquetas y las fichas de datos de seguridad (FDS)

Los contenidos y metodología de aplicación podrán ser consultadas en la página Web de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) bajo el título SGA

Clasificación:

La Resolución 801/2015 de SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT 801/2015) adopta por tanto en su totalidad el procedimiento de clasificación, clases y categorías de peligro de la quinta edición revisada del Sistema Globalmente Armonizado (SGA/GHS). Por ello, cuenta con tres tipos de peligros a efectos de la clasificación y etiquetado:

  • check Peligros Físicos.
  • check Peligros para la Salud.
  • check Peligros para el Medio Ambiente.

Etiquetado

La Etiqueta del Producto representa el rótulo que deberá llevar cualquier envase. Este rótulo puede ser el original del fabricante o cualquier otro que se emplee en el puesto de trabajo para transvasar o fraccionar el producto químico dentro de las empresas. Los mismos deben tener los requisitos que exige el Sistema Globalmente Armonizado (SGA/GHS) de conformidad a la Resolución 801/2015 de SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT 801/2015)

Todas las leyendas que la etiqueta contenga deben estar escritas en castellano, incluyendo en forma clara y visible la identificación del producto, pictograma(s) de peligro, palabra de advertencia, indicaciones de peligro, consejos de prudencia apropiados e información suplementaria, junto con la información del proveedor de la sustancia o mezcla.

Ficha de datos de Seguridad (FDS):

Las Fichas de Datos de Seguridad deben ser preparadas por los fabricantes o proveedores de la sustancia química o de la mezcla siguiendo las directivas indicadas en el “libro púrpura” del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos – SGA, 5ta. Edición Revisada del año 2013, para la clasificación de los peligros asociados.

En base a esto, la ficha de seguridad (FDS) debe ser elaborada de acuerdo con el ANEXO 4 - GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD (FDS) del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (GHS/SGA) y contener las siguientes secciones:


  1. Identificación del producto
  2. Identificación del peligro o peligros.
  3. Composición/información sobre los componentes.
  4. Primeros auxilios.
  5. Medidas de lucha contra incendios.
  6. Medidas que deben tomarse en caso de vertido accidental.
  7. Manipulación y almacenamiento.
  8. Controles de exposición/protección personal.
  9. Propiedades físicas y químicas.
  10. Estabilidad y reactividad.
  11. Información toxicológica.
  12. Información ecotoxicológica.
  13. Información relativa a la eliminación de los productos.
  14. Información relativa al transporte.
  15. Información sobre la reglamentación.
  16. Otras informaciones.

Así mismo, es de carácter obligatorio según este ANEXO incluir la información propia de Argentina en las secciones que lo requieran como, por ejemplo, las secciones 8, 13 y 15.

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