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La Unión Europea ha modificado el Reglamento (CE) Nº1223/2009 sobre productos cosméticos para introducir nuevas restricciones y prohibiciones tras las evaluaciones científicas del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (SCCS). Estos cambios afectan directamente a la formulación, comercialización y documentación de numerosos productos cosméticos en el mercado europeo.

Reglamento (UE) 2026/909: ¿Cuál es el objetivo?

La Comisión Europea, por medio del Reglamento (UE) 2026/909, ha actualizado el Reglamento (CE) Nº1223/2009 con el objetivo de reforzar la protección de la salud humana. La modificación introduce ajustes en los Anexos II, III, IV y V que recogen las listas de sustancias prohibidas, restringidas y autorizadas para su uso en productos cosméticos.

Reglamento (UE) 2026/909: ¿Qué implica?

La actualización normativa afecta a 12 sustancias utilizadas en productos cosméticos como el salicilato de bencilo , determinadas sales de zinc, algunos compuestos aromáticos y otras sustancias presentes en productos de uso habitual como cosméticos faciales, corporales, capilares o productos en formato spray. En concreto, el Reglamento introduce:

  • Sustancias prohibidas (Anexo II): algunas sustancias pasan a estar totalmente prohibidas, lo que implica su retirada de cualquier producto cosmético una vez alcanzadas las fechas de aplicación.
  • Sustancias con uso restringido (Anexo III): otras sustancias siguen autorizadas, pero con condiciones más estrictas, como nuevos límites de concentración, restricciones según el tipo de producto (por ejemplo, productos en spray o de uso prolongado) o condiciones específicas para productos infantiles.
  • Cambios en sustancias autorizadas (Anexos IV y V): se introducen ajustes en los anexos relativos a colorantes y conservantes, revisando las condiciones bajo las cuales determinadas sustancias pueden seguir utilizándose en cosméticos.

Reglamento (UE) 2026/909: ¿Por qué?

Las decisiones adoptadas por la Comisión Europea se basan en los dictámenes científicos del SCCS, que han identificado posibles riesgos para la salud humana asociados a la exposición a determinadas sustancias.

En algunos casos, las evaluaciones concluyen que no puede garantizarse un uso seguro bajo las condiciones previamente autorizadas, lo que ha llevado a la prohibición o restricción de su uso en productos cosméticos.

Reglamento (UE) 2026/909: ¿A quién afectan estos cambios?

Esta actualización normativa tiene un impacto directo en:

  • Fabricantes de productos cosméticos , que deberán revisar la formulación o retirada progresiva de los productos afectados.
  • Importadores y distribuidores, responsables de garantizar la conformidad de los productos comercializados.
  • Responsables regulatorios, que deberán actualizar la documentación técnica y de cumplimiento.

Al tratarse de una modificación del Reglamento, su aplicación es directa y obligatoria en todos los Estados miembros de la Unión Europea.

Reglamento (UE) 2026/909: ¿Cuándo entrará en vigor?

El Reglamento (UE) 2026/909 entra en vigor conforme a lo previsto en el marco del Reglamento (CE) Nº1223/2009 sobre productos cosméticos. No se establece un único plazo de transición general, sino que las modificaciones de los anexos incluyen fechas de aplicación específicas para cada sustancia.

Este enfoque permite que los productos ya fabricados puedan seguir comercializándose durante un periodo determinado con el fin de que las empresas puedan gestionar las existencias presentes en el mercado.

En un entorno normativo europeo en constante evolución, especialmente en el ámbito de los productos cosméticos regulados por el Reglamento (CE) Nº1223/2009, es fundamental anticiparse a los cambios y garantizar el cumplimiento normativo. Desde Siam apoyamos a las empresas que operan en la Unión Europea en la interpretación de las actualizaciones regulatorias, la evaluación de su impacto y la adaptación de sus productos a los nuevos requisitos legales.

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