El Reglamento CLP es la adaptación del SGA en Europa y es de implementación obligatoria en todos los Estado Miembro, los cuales han de aplicarla sin excepciones ni modificaciones.
Los principales objetivos del Reglamento CLP son:
- asegurar un alto nivel de protección para la salud humana y el medio ambiente.
- definir los criterios de clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas químicas.
- facilitar el comercio de sustancias, mezclas y productos químicos.
El Reglamento CLP se publicó inicialmente el 16 de diciembre de 2008, modificando y revocando las directivas europeas previas de Sustancias Peligrosas (Directiva 67/548/EEC) y de Preparados Peligrosos (Directiva 1999/45/EC), así como la Regulación (CE) Nº 1907/2006.
- La Regulación CLP se implementó siguiendo un proceso de dos fases. Tras un período de transición, el CLP se hizo obligatorio primero para las sustancias químicas (1 de diciembre de 2010) y posteriormente a las mezclas químicas (1 de junio de 2015).
El principal organismo oficial responsable de la adaptación SGA es la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA por sus siglas en inglés).
El Reglamento CLP se aplica en todas las áreas químicas y sectores industriales. Hay sin embargo algunas excepciones de productos químicos que quedan fuera del ámbito de aplicación del CLP:
- Los medicamentos tal como se definen en la Directiva 2001/83/CE.
- los medicamentos veterinarios, tal como se definen en la Directiva 2001/82/CE.
- los productos cosméticos, tal como se definen en la Directiva 76/768/CEE.
- los productos sanitarios, tal como se definen en las Directivas 90/385/CEE, 93/42/CEE y 98/79/CE, que sean invasivos o se apliquen en contacto directo con el cuerpo humano.
- los alimentos o piensos, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 178/2002, inclusive cuando son utilizados como aditivos alimentarios, aromatizantes en los productos alimenticios y nutrición animal.