Image

Noticias

La-UE-propone-nuevas-modificaciones-al-Reglamento-CLP-para-modernizar-el-etiquetado-químico

El 8 de julio de 2025, la Comisión Europea presentó la propuesta COM(2025) 531, que afecta al Reglamento (CE) n.º 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (CLP) , así como al Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre los productos cosméticos y al Reglamento (UE) n.º 2019/1009 sobre productos fertilizantes.

El 20 de noviembre de 2024 la Unión Europea adoptó el Reglamento (UE) 2024/2865 que introduce un sistema de etiquetado digital y modifica parcialmente el Reglamento CLP, estableciendo nuevas normas sobre el formato de las etiquetas y los plazos de reetiquetado. La propuesta COM(2025) 531 busca reducir la carga administrativa y los costes derivados de esta modificación, aumentar la flexibilidad para las empresas, especialmente las pymes y adaptar el etiquetado a las prácticas digitales actuales.

Los principales cambios propuestos para el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 (CLP) son los siguientes:

  1. Etiquetado Digital y Contacto Electrónico: se permitirá el uso de etiquetado digital para facilitar la comunicación con los usuarios y reducir el uso de etiquetas físicas. Se introduce el concepto de “contacto digital” como alternativa al teléfono o dirección física en las etiquetas.
  2. Etiquetado simplificado para envases pequeños: se permitirá reducir la información obligatoria en etiquetas de envases de menos de 10 ml sin necesidad de justificar limitaciones de espacio.
  3. Plazos flexibles para actualizar etiquetas: se eliminará el plazo fijo de seis meses. Las etiquetas deberán actualizarse “sin demora indebida” tras recibir nueva información.
  4. Formato de etiquetas más flexible: se simplificarán las normas relativas al formato de las etiquetas introducidas en 2024, priorizando la claridad y legibilidad sobre el diseño.
  5. Publicidad y ventas en línea: se reducirán los requisitos de información obligatoria en anuncios y ventas online, limitándose a advertencias críticas. Las obligaciones se limitan a productos dirigidos al público general.
  6. Estaciones de servicio: se simplifican los requisitos de etiquetado en surtidores de combustible, eliminando elementos como el UFI o el nombre del proveedor.

Referente al Reglamento de cosméticos (CE) n.º 1223/2009, se aclaran los procedimientos y se establecen plazos definidos para exenciones de sustancias prohibidas, se proporciona orientación sobre productos con sustancias CMR (carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción) y la Comisión mantiene la capacidad de actuar ante riesgos para la salud tras consultar al Comité Científico de Seguridad del Consumidor.

Para el Reglamento de fertilizantes (UE) n.º 2019/1009, se eliminan requisitos de registro extendido aplicando las normas estándar de REACH y se proponen criterios más claros para evaluar microorganismos en bioestimulantes vegetales, facilitando el acceso al mercado.

La Comisión también ha propuesto un reglamento independiente, COM(2025) 526, que aplaza hasta el 1 de enero de 2028 la entrada en vigor de varias disposiciones incluyendo diseño y formato de etiquetas, normas de publicidad y etiquetado para ventas online y a distancia.

Al ser una propuesta, se ha enviado al Parlamento Europeo y al Consejo de la UE para su revisión siendo necesario esperar hasta su aprobación para contar con el texto final regulatorio. Las partes que no hayan sufrido cambios seguirán entrando en vigor en 2026 o 2027, como estaba previsto desde el principio. Desde Siam estaremos atentos a este proceso legislativo para aplicar los cambios que de ello se deriven y facilitar la adaptación a las empresas a este nuevo reto.

siam

¡Hablemos!

Newsletter