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La UE reforzará las restricciones sobre los hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) en platos de arcilla según REACH

El 1 de abril de 2025, la Comisión Europea adoptó el Reglamento (UE) 2025/660 que modifica el Anexo XVII del Reglamento 1907/2006 (REACH) del Parlamento Europeo y del Consejo restringiendo el uso de 18 hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) en platos de arcilla.

Reglamento 2025/660: ¿Por qué?

Los HAP se clasifican como sustancias peligrosas debido a su carcinogenicidad, persistencia, propiedades bioacumulativas y tóxicas (TPB), así como a sus características de muy persistentes y muy bioacumulativas (mPmB). Para proteger la salud humana y el medio ambiente, el artículo 50 del Anexo XVII de REACH limita el contenido de HAP en ciertas mezclas y artículos, como son los platos de arcilla utilizados como dianas por tiradores deportivos y cazadores de caza menor para practicar.

Este reglamento tiene como objetivo la reducción en aproximadamente un 99% de los contaminantes persistentes.

Reglamento 2025/660: ¿Novedades?

Se ha elaborado la siguiente lista de sustancias que no pueden comercializarse ni utilizarse por sí solas o como componentes de otras sustancias en platos de arcilla cuando su suma supere el límite de concentración del 0,005 % (50 mg/kg):

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Reglamento 2025/660: ¿Cuándo?

El Reglamento 2025/660 entrará en vigor el 21 de abril de 2025, no obstante, se establece un periodo transitorio de 12 meses, de forma que a partir del 22 de abril de 2026 será de obligado cumplimiento.

siam

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