El 1 de abril de 2025, la Comisión Europea adoptó el Reglamento (UE) 2025/660 que modifica el Anexo XVII del Reglamento 1907/2006 (REACH) del Parlamento Europeo y del Consejo restringiendo el uso de 18 hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) en platos de arcilla.
Este reglamento tiene como objetivo la reducción en aproximadamente un 99% de los contaminantes persistentes.
Se ha elaborado la siguiente lista de sustancias que no pueden comercializarse ni utilizarse por sí solas o como componentes de otras sustancias en platos de arcilla cuando su suma supere el límite de concentración del 0,005 % (50 mg/kg):

El Reglamento 2025/660 entrará en vigor el 21 de abril de 2025, no obstante, se establece un periodo transitorio de 12 meses, de forma que a partir del 22 de abril de 2026 será de obligado cumplimiento.


