El nuevo decreto Nº 2022-748 introduce un nuevo modelo de información al consumidor sobre el impacto ambiental de los productos durante el acto de compra.
En 2020, Francia aprobó su “Ley de lucha contra el desperdicio y de la economía circular” - AGEC por sus siglas en francés, cuyo principal objetivo es “construir un modelo de consumo más sostenible”, y que se articula en torno a cinco medidas que se implementarán progresivamente en los próximos años:
Y precisamente, como parte del proceso de desarrollo de la segunda medida, el pasado mes de abril se aprobó el Decreto Nº 2022-748, que regula el etiquetado ambiental de productos generadores de residuos, y que os explicamos a continuación en cuatro preguntas clave.
Informar mejor al consumidor, durante el acto de compra, sobre las cualidades y características ambientales de los productos generadores de residuos. Con ello se pretende que los compradores comprendan adecuadamente el impacto ambiental de los bienes y servicios, y que sea un factor a tener en cuenta a la hora de valorar un producto, incentivándoles así a participar activamente en el desarrollo de la economía circular.
Se aplica a todos los productores, importadores y comerciantes pertinentes de productos destinados a los consumidores. Incluirá a aquellos que utilizan canales de distribución en línea, como sitios web.
Además, se prohibirá el uso de frases en los envases que puedan llevar a equívocos a los consumidores, como “'biodegradable", "respetuoso con el medio ambiente" o cualquier otra expresión equivalente.
Toda esta información es obligatoria ponerla a disposición del consumidor en forma de ficha de producto desmaterializada, accesible durante el acto de compra, como por ejemplo, a través de una página web específica.
La obligatoriedad de esta normativa se hará de forma escalonada dependiendo del tamaño de cada compañía:


