El BOE publicó el pasado mes de junio la Resolución MSC.477 (102), adoptada el 11 de noviembre de 2020, que introduce las Nuevas Enmiendas de 2020 al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas - Código IMDG.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación publicó el pasado 24 de junio las enmiendas de 2020 al Código IMDG, aprobadas en Londres por el Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la Organización Marítima Internacional (OMI), un organismo especializado de las Naciones Unidas que promueve la cooperación entre Estados y la industria de transporte para mejorar la seguridad marítima y para prevenir la contaminación marina.
Se trata de un código internacional que regula el transporte marítimo de mercancías peligrosas con el objetivo de mejorar y armonizar el transporte seguro de este tipo de productos y prevenir así también la contaminación del medio ambiente.
El código establece los requisitos aplicables a cada sustancia, material o artículo individual con respecto a aspectos como el embalaje y etiquetado de los bultos, el tráfico de contenedores, la separación de sustancias incompatibles y las guías para saber cómo reaccionar en el caso de algún accidente o emergencia.
En 1965, el año en que se adoptó, lo hizo en forma de recomendación. Sin embargo, en 2002 la Asamblea General de la ONU adoptó mediante la Resolución A.716N(17) el código IMDG y decidió otorgarle el estatus de obligatorio bajo el paraguas del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (convenio SOLAS), el tratado internacional más importante sobre la seguridad de los buques mercantes.
Las novedades introducidas por las enmiendas publicadas en el BOE el pasado mes de junio, que podían adoptarse de forma voluntaria desde el 1 de enero de 2021, se convirtieron en obligatorias ese mismo mes, e incluyen cambios como los que os vamos a resumir a continuación.
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