En el punto 1.6.1.44 del ADR, se indica la obligatoriedad de nombrar Consejero de Seguridad para los expedidores o Agentes de comercialización, que solo contratan. Que no cargan, no descargan, ni transportan.
“1.6.1.44 Las empresas que participen en el transporte de mercancías peligrosas únicamente como expedidores y que no tenían la obligación de designar un consejero de seguridad partiendo de la base de las disposiciones aplicables hasta el 31 de diciembre de 2018 deberán, por derogación a las disposiciones del 1.8.3.1 aplicables a partir del 1 de enero de 2019, designar un consejero de seguridad a más tardar el 31 de diciembre de 2022.”
Se determina nuevos números UN para artículos, los cuales se le otorgara la categoría de transporte 4 (ilimitada)
En el punto 2.2.8.1.6 del ADR explican cómo se aplicará el nuevo método de cálculo para conocer el grupo de embalaje, de las mezclas clasificadas en la clase 8 con la disposición general N.E.P, a no ser que se tengan ensayos de la mezcla.
En aquellos números ONU que tengan más de una designación oficial, se designará SOLO UNA, la más apropiada.
Ejemplo:
De conformidad con el SGA, durante el transporte, un pictograma SGA no exigido por el ADR solo deberá aparecer como parte de una etiqueta SGA completa y no de manera independiente.
En el punto 5.4.1.1.1 indica
“En el caso de que esté prevista la aplicación del 1.1.3.6, la cantidad total y el valor calculado de mercancías peligrosas de cada categoría de transporte deberán indicarse en la carta de porte de conformidad con 1.1.3.6.3. y 1.1.3.6.4.”
Modificación en la sección:
Aquí se puede consultar el ADR 2019 COMPLETO
Actualización: 17 Julio de 2019.
El pasado 28 e junio ya se publicó el oficial, lo podeis descargar aquí: ADR 2019


